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Tras la denuncia de FACUA, abren expediente sancionador a la empresa de Guijuelo “Cien por Cien Pata Negra SL”

Tras la denuncia de FACUA, abren expediente sancionador a la empresa Cien por Cien Pata Negra SL. Su nombre aparece destacado en el etiquetado de jamones que inducen con ello a creer que se trata de productos de “pata negra” cuando en realidad no cumplen las exigencias legales para ello.

Cien por Cien Pata Negra SLTras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción, la Junta de Castilla y León ha abierto expediente sancionador a la empresa de Guijuelo (Salamanca) Cien por Cien Pata Negra SL. El nombre de la empresa aparece destacado en el etiquetado de jamones que inducen con ello a creer que se trata de productos de “pata negra” cuando en realidad no cumplen las exigencias legales para poder presentarse con esa denominación.

En una comunicación remitida a FACUA, la Dirección General de Competitividad de la Industria Alimentaria y de la Empresa Agraria indica que, como consecuencia de su denuncia, “los servicios de calidad comercial alimentaria del Servicio Territorial de Agricultura y Gnaadería de Salamanca giraron visita de inspección a la industria Cien por Cien Pata Negra SL”“En dicha inspección, se detectan las irregularidades señaladas en la denuncia en materia de etiquetado de ibérico y productos cárnicos”, continúa el escrito.

Al denunciar los hechos el pasado diciembre, la asociación recordó que el Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, recoge en su artículo 4 que la expresión “pata negra” en el etiquetado y en acciones de promoción o publicidad “queda reservada exclusivamente a la designación ‘de bellota 100% ibérico'”, para lo que hay que cumplir una serie de condiciones establecidas en la misma norma.

FACUA advirtió de que el mismo artículo del citado Real Decreto establece que “la marca comercial que se asigne al producto final no podrá inducir a confusión al consumidor, sobre sus características raciales y las condiciones de alimentación o manejo, tanto a través de la propia denominación de la marca, como de su imagen gráfica”. Asimismo, el artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal estipula que “se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico”.

Tabernero, una de las marcas de la empresa

La denuncia tuvo su origen después de que FACUA Córdoba detectase la venta de jamones de la marca Tabernero, propiedad de Cien por Cien Pata Negra SL, en la cadena de supermercados MAS en cuyo etiquetado se mostraba de forma destacada la denominación de la sociedad. Una práctica con la que puede inducirse a los consumidores a creer que se trata de jamones de pata negra. La marca principal de la empresa es Sierra de Codex.

La asociación espera que el expediente sancionador se resuelva con una multa contra Cien por Cien Pata Negra SL de cuantía proporcional a la gravedad de las irregularidades cometidas al inducir a error sobre las características de sus productos.

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