FACUA advierte de que las compañías no tienen que abonar las compensaciones directas que fija el reglamento europeo pero sí asumir los gastos en comida, bebida y alojamiento que necesiten los pasajeros.
FACUA-Consumidores en Acción informa a los pasajeros afectados por cancelaciones de vuelos en el aeropuerto de El Prat como consecuencia de las movilizaciones que se han producido en Cataluña por la sentencia del procés tienen derecho a reclamar a las aerolíneas.
Así, los pasajeros pueden exigir no sólo la devolución del importe de sus billetes o la reubicación en otros vuelos, sino también que las aerolíneas les abonen la comida y bebida que tengan que comprar durante la espera y, de no ser residentes en Barcelona, el alojamiento en hoteles.
La asociación recuerda que se trata de una obligación de asistencia que tienen las compañías, establecida en el reglamento europeo que regula los derechos de los pasajeros, y se aplica tanto cuando las cancelaciones o grandes retrasos de vuelos se producen como consecuencia de averías, huelgas de personal de las aerolíneas y otras causas imputables a éstas como en los casos en que estén motivados por causas de fuerza mayor, como las que se han producido ahora.
Así, las aerolíneas están obligadas a facilitar la comida, bebida y alojamiento a los pasajeros afectados por cancelaciones o grandes retrasos. Sin embargo, es muy habitual que incumplan esta imposición establecida en el reglamento comunitario 261/2004.
En este sentido, FACUA recomienda a los pasajeros que no reciban esta asistencia por parte de las aerolíneas que formulen reclamaciones por escrito en las que exijan en pago de las cantidades que hayan tenido que abonar. En caso de no recibir respuesta o que ésta no atienda sus pretensiones, presenten una denuncia ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) como paso previo a la reclamación de las cantidades por la vía judicial.