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Renfe lanza su mayor oferta de empleo desde el 2005

La entidad pública empresarial Renfe Operadora, empresa matriz del Grupo Renfe, en uso de las facultades que tiene atribuidas en el marco establecido por el Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad; de acuerdo con las autorizaciones de los organismos correspondientes, procede a convocar ingreso de personal laboral fijo en el marco del proceso de selección para consolidación de empleo temporal y tasa de reposición aprobados, y para la constitución de las correspondientes bolsas de reserva de empleo, a fin de atender las necesidades de contratación fija o temporal para mantener la actividad productiva de los diferentes negocios del Grupo.

Fotografía: Martínezld

Estas bases tienen por objeto regular los aspectos comunes a los procesos de selección de personal laboral, tanto para cubrir puestos motivados por la tasa de reposición aprobada y de consolidación de empleo temporal, como para la constitución de bolsas de reserva para los procesos de selección en los que se especifique, que tendrán validez hasta el siguiente proceso selectivo para puestos similares, o como máximo hasta el 30 de junio de 2018.

El Grupo Renfe garantiza que los criterios de selección, tras respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, promoverán el equilibrio de género, fomentando en lo posible el incremento del género subrepresentado dentro de su plantilla teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 20 de noviembre de 2014 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos (2), y en línea con los cambios y avances en materia de igualdad de las personas LGTBI incorporadas a la legislación española en el ámbito autonómico, se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.

Los puestos a convocar pertenecen a los siguientes subgrupos profesionales:

Los puestos de trabajo tendrán como referencia las condiciones laborales y retributivas establecidas en el I Convenio Colectivo del Grupo Renfe para cada uno de los subgrupos profesionales ofertados.

Del total de plazas convocadas, se reservan 2 plazas de Operador Comercial de Ingreso N2 para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2, del artículo 4, del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto convocado, por poseer las condiciones mínimas de capacidad médico-laboral establecidas en el convenio colectivo.

El Grupo Renfe podrá determinar la ubicación geográfica de los puestos convocados, atendiendo a las necesidades existentes, en el momento de la resolución de la convocatoria.

Requisitos generales de los solicitantes

Los requisitos que deben reunir los solicitantes a 14 de septiembre de 2017, y que deberán mantener en el momento de la formalización del contrato, para poder participar en la convocatoria son los siguientes:

Fotografía: Martínezld

Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.

También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad, que vivan a cargo de sus progenitores.

De igual forma, también podrán participar quienes, no estando incluidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.

Conocimiento adecuado del castellano. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, los candidatos que no posean la nacionalidad española y no sea deducible de su origen el conocimiento adecuado del castellano no deberán realizar una prueba previa de conocimiento del mismo, ya que las pruebas selectivas establecidas en estas bases implican por sí mismas la demostración de su conocimiento.

Haber cumplido la edad legal de contratación prevista para cada puesto de trabajo.

Cumplir los requisitos contractuales conforme a la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o cualquier otra que la sustituya.

Fotografía: Martínezld

Estar en posesión de la titulación académica exigida en las bases de cada una de las Convocatorias que se publiquen. Si la titulación fuera obtenida en el extranjero, deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.

No estar separado del servicio o declarado “no apto” para el desempeño de las funciones esenciales del puesto ofertado, aunque sea temporalmente, ni haber sido despedido disciplinariamente por hechos acaecidos en el ámbito del Grupo Renfe.

No haber tenido un contrato de trabajo extinguido con el Grupo Renfe por dimisión expresa o tácita del trabajador o por la no superación del periodo de prueba, en ambos casos en un puesto similar al que opte en este proceso.

No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.Cumplir con los requisitos establecidos legal y convencionalmente para los puestos de trabajo ofertados en la convocatoria.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración, organismo o empresa pública o participada por las mismas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo de cargos públicos para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios, o para ejercer cualquier tipo de función en el caso del personal laboral.

En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso a las funciones o puestos de trabajo públicos citados en el párrafo anterior.

No haber sido objeto de despido disciplinario ni hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas, de conformidad con lo establecido en la ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Publicación

La convocatoria se publicará en la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación, y en el portal corporativo Interesa. Toda la información necesaria y derivada de la presente convocatoria se publicará, en su momento, en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa.

Admisión de solicitudes y plazo de presentación

El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 15 de septiembre y finalizará el día 29 de septiembre de 2017, ambos incluidos.

Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.

Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación.

Candidatos con discapacidad.

Los candidatos deberán realizar un ingreso o transferencia, en la cuenta bancaria dispuesta por el Grupo Renfe, de diez euros (10 €) en concepto de “derechos de participación”, especificando el número de su DNI, Apellidos-Nombre del candidato (no el de la persona que pudiera realizar el ingreso) y la referencia de la convocatoria en la que participen en el campo de observaciones, debiendo realizar tantos ingresos como convocatorias a las que se presente como candidato.

Estarán exentos del pago de los “derechos de participación” aquellos aspirantes que, habiendo formado parte de las bolsas de reserva conformadas en la oferta pública de empleo de 2016, a fecha 14 de septiembre de 2017, tengan un contrato temporal en vigor con el Grupo Renfe en puestos similares al que se presentan con efectividad anterior a la finalización de la vigencia de las bolsas de reserva contempladas en las convocatorias de empleo de 2016 para el Grupo Renfe (30/06/2017), así como aquellos aspirantes que, no formando parte de las bolsas anteriormente citadas, mantengan vigente un contrato temporal para un puesto similar al que se presentan establecido con anterioridad al 30 de abril de 2017 y derivado de la participación en procesos de selección realizados por el Grupo Renfe con anterioridad a la Oferta Pública de Empleo 2016. No obstante, estos candidatos deberán inscribirse en la convocatoria y aportar la documentación que se les requiera en cada caso. Al inscribirse, en lugar de aportar el justificante de ingreso de los derechos de participación, deberán adjuntar copia de su carné de trabajador de Renfe.

En el caso de no haber realizado o acreditado el citado ingreso (cuya copia debe ser adjuntada de acuerdo a las instrucciones en el momento de la inscripción), y salvo que se esté exento de su abono según el párrafo anterior, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.

De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.

En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.

Datos de la cuenta bancaria:

Titular: Renfe Operadora.

IBAN: ES11 0182 2370 4702 0150 4934

Mas info: http://www.renfe.com

 

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