Las medidas se aplicarán mientras duren las medidas de restricción de la movilidad. Los trámites no conllevaran gastos para los clientes. La operadora ferroviaria prolongará 14 días los abonos AVE y Larga Distancia.
Renfe aplicará medidas de posventa especiales para los viajeros que tengan su origen o destino en las estaciones de León y Palencia, con motivo de las medidas extraordinarias de restricción de movilidad establecidas en estas ciudades por parte de la Junta de Castilla y León.
Estas medidas se aplicarán también a los viajeros con origen o destino en Medina del Campo (Valladolid). Los viajeros que no tengan su desplazamiento adecuadamente justificado, o no deseen viajar, y dispongan de un billete para servicios AVE, Larga Distancia o Media Distancia Convencional con fecha de viaje desde el día 7 de octubre hasta el día 20 de octubre de 2020, cuyo origen o destino sean las estaciones de Palencia o León, podrán optar por la devolución del importe íntegro del billete, sin gastos de anulación, o bien podrán solicitar un nuevo billete para otra fecha, sin gastos de cambio.
Estas operaciones se podrán realizar, dentro del periodo de validez de los billetes, a través de los siguientes canales de venta: www.renfe.com, taquillas en estaciones, agencias de Viaje, oficina de Ventas de Ceuta, Renfe contigo 912 320 320, ayuda en compras on-line 91 919 05 04, centros de servicios de las estaciones y máquinas Autoventa Multiproducto
Estas medidas no incluyen a los Billetes Integrados cuyos viajeros deban transbordar en alguna de estas ciudades.
Para los clientes con títulos multiviaje de AVE y Larga Distancia, adquiridos antes del 7 de octubre de 2020, Renfe procederá a una ampliación automática en 14 días de los plazos de validez y viaje para los abonos BonoAVE y Bono Colaborativo con recorridos de origen o destino Medina del Campo AV, Palencia o León, así como los BonoAVE Flexible.
Para orientación a los clientes que requieran de esta información, se comunicará que los desplazamientos que transcurran o atraviesen los ámbitos territoriales con restricciones de movilidad estarán permitidos siempre y cuando el origen y destino del viaje sea un ámbito territorial que no tenga dicha restricción.