La Comunidad de Madrid permitirá el acceso a los perros en el suburbano madrileño. La medida, que ha sido anunciada hoy por la presidenta regional, Cristina Cifuentes, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, da respuesta a las reiteradas peticiones de los usuarios de Metro que son propietarios de perros y equipara a Metro de Madrid con otros suburbanos europeos donde ya se permite el acceso de las mascotas, como Bruselas, Londres, Lisboa o Berlín.
Hasta la fecha pueden acceder a Metro animales pequeños domésticos que vayan en receptáculos idóneos para el transporte de mascotas y que no resulten peligrosos ni molestos para el resto de viajeros por su forma, volumen, ruido u olor. Igualmente, se permite la entrada de perros de asistencia personal, como perros guías acompañantes de personas invidentes o con deficiencia visual, perros guías en proceso de adiestramiento acompañados de sus entrenadores, y perros adiestrados para asistencia personal especial. En todos estos casos, el perro debe de llevar un chaleco o distintivo a la vista de su condición de asistente especial.
La propuesta de acceso obligará a una modificación del Reglamento de Viajeros del Ferrocarril Metropolitano de Madrid. Esta deberá ser aprobada mediante Decreto en Consejo de Gobierno y podría estar lista en los próximos tres o cuatro meses.
Normativa de acceso
La medida contempla el acceso de perros a la red de Metro de Madrid a aquellos que estén identificados correctamente mediante el uso de microchip e inscritos en el registro censal municipal. El acceso con un perro a la red de Metro no supondrá coste adicional alguno para el viajero.
La entrada del animal en el Metro deberá cumplir distintos requisitos: podrá acceder un solo perro por viajero; todos los perros deberán llevar bozal y estar sujetos con una correa de una longitud que no supere los 50 centímetros; y deberán ocupar para su desplazamiento exclusivamente el último coche de cada tren.
Estos requisitos tendrán que ser cumplidos desde el mismo acceso a la estación de Metro y hasta la salida a la calle del animal. Podrán utilizar mientras se desplazan los ascensores y las escaleras, pero no estará permitido, por seguridad, que usen las escaleras mecánicas. Además, la persona responsable del perro será su portador y la persona propietaria del perro será su responsable subsidiaria; se evitará obstruir el paso del resto de pasajeros en puertas y ascensores, y se podrá limitar el acceso a los mismos ante situaciones tales como aglomeraciones de viajeros, tanto por la seguridad de los viajeros como de los propios animales.
En cuanto al acceso de los mismos, queda autorizado en las denominadas «horas valle», de modo que no podrán entrar de lunes a viernes en las horas de mayor afluencia, es decir, durante los periodos de hora punta de mañana y de tarde -de 7:30 a 9:30 horas, de 14:00 a 16:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas-. Durante los meses de julio y agosto, todos los fines de semana del año y en festivos, el acceso se podrá realizar libremente sin limitación alguna en el horario.