El CGPJ culpa a los usuarios de colapsar la justicia y propone que sólo se reclame ante la AESA y no por vía judicial. La asociación insta al Gobierno a revisar el marco sancionador en el sector aéreo.
FACUA-Consumidores en Acción rechaza la propuesta realizada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al Gobierno para que las reclamaciones de los pasajeros aéreos pasen obligatoria y únicamente a ser resueltos por la Agencia Estatal de la Seguridad Aérea (AESA) en todos los casos y no por los tribunales.
Este procedimiento extrajudicial se aplicaría a las reclamaciones de los usuarios de las aerolíneas que hayan sufrido una cancelación, retraso o denegación de embarque al amparo del Reglamento 261/2004 y sería obligatoria para ambas partes, consumidor y aerolínea. FACUA advierte de que, de ser así, se vulneraría el derecho a la tutela judicial efectiva de los consumidores al imponerles, tal y como pide el CGPJ, la vía administrativa para reclamar los abusos sufridos por parte de las compañías aéreas y privarles de su derecho de acudir por vía judicial.
La asociación critica que el CGPJ vuelque la responsabilidad del colapso de los tribunales en la cantidad de demandas realizadas por los consumidores, sobre todo tras la incidencia de la crisis sanitaria por el Covid-19, y no en su verdadera causa: el alto nivel de incumplimiento del Reglamento Europeo por parte de las aerolíneas. Así lo ha trasladado FACUA al vicepresidente de Derechos Sociales y a los ministros de Transportes, Justicia y Consumo, a los que ha instado en su escrito a revisar el marco sancionador aéreo.
Un marco sancionador preventivo, disuasorio y proporcional
FACUA señala en su escrito que el Ejecutivo debería revisar «la Ley de Seguridad Aérea de 2003 y su régimen sancionador, claramente desfasado e ineficaz, de forma que también se adapte y dé cumplimiento al propio Reglamento Europeo sobre derechos de los pasajeros aéreos».
Así, la asociación insiste en que el actual marco sancionador no tiene carácter preventivo y disuasorio, ya que no se imponen multas lo suficientemente contundentes como para desalentar a las compañías aéreas de dejar de incumplir la ley. Además de no ser proporcionales entre el alcance y daño causado por la infracción y la cantidad impuesta a la aerolínea.
En este sentido, FACUA aboga por medidas que realmente disuadan a las aerolíneas de saltarse la ley como un aumento de las inspecciones, la retirada de ayudas públicas en caso de infracciones, multas económicas proporcionales y ejemplarizantes, así como suspensión de licencias a las compañías que incumplan sistemáticamente la legislación.
Procedimiento extrajudicial sí, pero voluntario para el consumidor y eficaz
FACUA considera necesario regular además, garantizando la participación de las asociaciones de consumidores en el proceso, un procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos voluntario para el consumidor, que sea eficaz, y que tenga carácter vinculante y obligatorio para las aerolíneas.
Así, el pasajero debe poder decidir libremente si acude a la AESA o a los tribunales interponiendo demanda contra la aerolínea, siempre en función de lo que resulte más garantista de sus derechos.