Se trata de Air Europa, Air France, KLM, Latam Airlines, Lufthansa, Transavia, United Airlines y Vueling. La asociación ha hecho un seguimiento sobre 22 compañías aéreas.
FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a ocho aerolíneas por negarse a devolver el importe de los vuelos cancelados. Las denuncias se han presentado este lunes contra Air Europa, KLM, Latam Airlines, Lufthansa, Transavia y United Airlines, sumándose a las interpuestas en las últimas semanas contra Vueling y Air France.
La asociación ha realizado un seguimiento sobre los procedimientos de atención de reclamaciones de las aerolíneas en el estado de alarma. De las 22 compañías analizadas, 13 permiten el reembolso del importe del billete, otras siete indican que sólo permiten un cambio de fechas en el vuelo o la emisión de un bono, una (United Airlines) dice que «podrían ser susceptibles de un reembolso» pero no siempre, y otra (Aer Lingus) no aclara nada al respecto en su página web. Desde el inicio de la crisis por el Covid-19, la asociación viene recibiendo una avalancha de consultas y reclamaciones de consumidores en relación a este tema.
FACUA ha presentado sus denuncias ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y ante la Dirección General de Consumo, perteneciente al Ministerio de Consumo, y ha reclamado a ambos organismos que insten a las aerolíneas a cumplir la ley y proceder a los reembolsos. Asimismo, ha pedido a Consumo que impulse actuaciones por parte de las autoridades de protección al consumidor autonómicas para que abran expedientes sancionadores a las aerolíneas.
De las ocho denunciadas, Air Europa, KLM, Latam Airlines, Lufthansa, Transavia
Reembolso en siete días
La asociación advierte de que las aerolíneas estarían vulnerando el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.
El artículo 8 de este reglamento recoge que los transportistas aéreos deben ofrecer a los pasajeros que sufran la cancelación de un vuelo «el reembolso en siete días del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del pasajero» . FACUA ya había denunciado en las anteriores semanas a Ryanair por demorar hasta en 28 días la entrega de las devoluciones.
La asociación incide en que el incumplimiento de la citada normativa supone una limitación del derecho de los consumidores, por lo que las aerolíneas podrían estar incurriendo, además, en la imposición de una cláusula abusiva según establece la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Así, el artículo 86 señala como cláusulas abusivas aquellas que «limiten o priven al consumidor y usuario de los derechos reconocidos por normas dispositivas o imperativas» y, entre ellas, «la exclusión o limitación de forma inadecuada de los derechos legales del consumidor y usuario por incumplimiento total o parcial o cumplimiento defectuoso del empresario» y «la imposición de cualquier otra renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario«.