La asociación pide la imposición de multas por esta práctica abusiva que obliga al pago de 1,21 euros al mes. FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Jazztel, Vodafone y Yoigo por cobrar o anunciar el cobro de 1 euro más IVA (1,21 euros) por emitir la factura física o de papel a los usuarios. La asociación pide a las autoridades de consumo que impongan las sanciones pertinentes a las compañías telefónicas que realicen esta práctica y advierte que la misma es abusiva y supone un atropello a los derechos de los consumidores.
Vodafone y Yoigo anuncian en su página web y en su contrato, respectivamente, el cargo de la citada cantidad en concepto de «costes de impresión y de envío de la factura» en papel o por «la factura detallada».
Por su parte, Jazztel ha indicado a sus clientes en la factura de este mes que «a partir del 21 de septiembre de 2013, el coste del Servicio de Envío de Factura en Papel para los clientes que o hayan solicitado o lo hagan a partir de este momento, será de 1euro/mes (1,21 euros con IVA, 1,07 euros con IGIC) en concepto de trámites de gestión».
La justificación que alegan estas compañías telefónicas es que la facturación física de los importes adeudados debe considerarse un servicio adicional y no un derecho reconocido, al interpretar que a día de hoy existe la posibilidad de recibirlas por medios electrónicos o telemáticos. Sin embargo, FACUA entiende que no se puede obligar al consumidor a poseer el servicio de comunicación electrónica para consultar sus facturas, ya que éstas son un documento que por derecho se debe recibir gratuitamente.
FACUA ha presentado sus denuncias ante el Instituto Nacional de Consumo (INC) y las autoridades de protección al consumidor de varias comunidades autónomas para que emprendan las actuaciones pertinentes ante esta práctica abusiva que perjudica los derechos de los usuarios.
La ley considera abusivo este cobro
FACUA recuerda que la factura tiene la función de acreditación del contrato que posee el usuario con la compañía, bien de celebración y términos del mismo, bien de su ejecución.
Así, la asociación advierte que tal y como recoge el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, «en los contratos con consumidores y usuarios se entregará recibo justificante, copia o documento acreditativo con las condiciones esenciales de la operación, incluidas las condiciones generales de contratación» y que «la formalización del contrato será gratuita para el consumidor, cuando legal o reglamentariamente deba documentarse éste por escrito».
Contraria a la buena fe
Un reciente informe del Instituto Nacional de Consumo (INC) considera que el cobro por la emisión de facturas en papel es una «práctica abusiva» y «contraria a la buena fe». Asimismo, recuerda que la factura electrónica debe ser siempre autorizada por el usuario y no impuesta por la compañía.
El INC añade que el cargo por la emisión en papel es una cláusula abusiva ya que «es una condición general incorporada a un contrato que no ha sido negociada individualmente y que, en perjuicio del consumidor, produce un desequilibrio importante entre los derechos de ambas partes, que es contrario a la buena fe por limitar los derechos reconocidos legalmente al consumidor».