La estadística sanitaria COVID-19 en la Comunidad refleja hoy 103.628 positivos acumulados, 96.981 de ellos con diagnóstico por pruebas de infección activa
Castilla y León notifica ayer 1.138 nuevos casos de la enfermedad COVID-19, con lo que su número acumulado es 103.628; de esa cifra, 96.981 han sido diagnosticados a través de pruebas de infección activa (*).
Los nuevos positivos se han declarado atendiendo a la definición de caso confirmado de infección por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Vigilancia, Diagnóstico y Control en la Fase de Transición de la Pandemia de la COVID-19; de los 1.138 nuevos casos notificados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiológico del Ministerio de Sanidad, dos tienen diagnóstico durante el día previo.
Los brotes activos (**) actualmente en el conjunto de la Comunidad son 770 y los casos positivos a ellos vinculados, 6.949.
Las nuevas altas hospitalarias son 43, sumando 14.326 y los decesos registrados desde ayer en los hospitales de la Comunidad, dieciocho, para un total de 3.110 personas fallecidas.
La situación recogida provincialmente puede consultarse en el archivo adjunto y de forma más amplia y diariamente a través de este enlace al Portal de Transparencia de la Administración autonómica castellana y leonesa ( Enlace a la información actualizada sobre el nuevo coronavirus COVID-19 en Castilla y León )
La Junta de Castilla y León apela a la responsabilidad individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo las medidas básicas de distancia social, higiene de manos y uso obligatorio de la mascarilla en las situaciones legalmente establecidas.
Asimismo se recuerda a la ciudadanía, con carácter general, la necesidad de limitar los encuentros sociales fuera del entorno de convivencia estable y que cualquier reunión de carácter familiar o social no supere las seis personas.
A las 14 h de hoy entra en vigor la prórroga, hasta el 23 de noviembre inclusive, de la limitación de la entrada y de la salida de personas del territorio de la Comunidad de Castilla y León; asimismo continúan vigentes la reducción, con carácter general, a un máximo de seis personas de las agrupaciones en espacios públicos y privados y del 50% de los aforos en lugares de culto y, en cumplimiento del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el Estado de Alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, se mantiene el toque de queda con inicio a las diez de la noche y que se extiende hasta las seis de las mañana del día siguiente, circunstancia que supone la limitación parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública.
Todo el territorio de Castilla y León se encuentra en nivel 4 de alarma sanitaria por la pandemia, lo que supone la plena vigencia de las medidas excepcionales para la prevención y contención de la COVID-19 inherentes a esa declaración en la Comunidad.
La Junta reitera la importancia de cumplir también con todas las medidas de carácter general actualmente en vigor y que hacen mención a aspectos preventivos individuales y colectivos, tales como el uso obligatorio de la mascarilla, el lavado de manos, la distancia de seguridad interpersonal, etc., así como aquellas otras de carácter sectorial.
Sólo a través de la corresponsabilidad, la solidaridad y la colaboración ciudadana y con el esfuerzo y el compromiso de los profesionales sanitarios, la pandemia por la COVID-19 podrá ser superada, siendo para ello fundamental cumplir las recomendaciones sociales y sanitarias de autoridades nacionales, autonómicas, provinciales y locales.
(*) Pruebas diagnósticas de infección activa: PCR y test Ag.
(**) Se considera brote cualquier agrupación de tres o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido algún caso en los últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de síntomas o la de diagnóstico, si la de los síntomas no está disponible.