FACUA señala que, ante una cancelación, las aerolíneas están obligadas al reembolso del billete o a ofrecer al pasajero un transporte alternativo hasta el destino final.
FACUA-Consumidores en Acción señala que aquellas personas que hayan podido sufrir cancelaciones o grandes retrasos en los vuelos que tengan contratados debido al paso de la borrasca Bernard por la península que pueden reclamar a las aerolíneas.
Así, el Reglamento Europeo 261/2004 recoge en su artículo 8 que, en caso de cancelación, los viajeros siempre tienen derecho al reembolso integro del billete «en siete días», o a un transporte alternativo hasta el destino final, ya sea «lo mas rápidamente posible» o en «una fecha posterior que convenga al pasajero».
Si la cancelación ocurriese próxima al horario de salida del vuelo o el retraso fuera de larga duración, la asociación recuerda que el artículo 9 de la normativa europea obliga a las aerolíneas a ofrecer a los usuarios afectados «comida y refrescos suficientes», alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel, además de «dos llamadas telefónicas o correos electrónicos».
FACUA señala a los posibles afectados que pueden acudir a la asociación para que valore su caso, realice las correspondientes actuaciones en defensa de sus derechos y para reclamar las cantidades que sean oportunas.