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El próximo curso escolar 2020-2021 comenzará el miércoles 9 de septiembre en Castilla y León

La Consejería de Educación ha trasladado en la mañana de ayer a las organizaciones sindicales la propuesta de calendario escolar para el próximo curso. Los alumnos del segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria y Educación Especial serán los primeros en acudir a clase el próximo periodo lectivo en Castilla y León. Las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato comenzarán el lunes 14 de septiembre mientras que las de Formación Profesional lo harán el 21 de este mes. Las vacaciones de Navidad comprenderán desde el 23 de diciembre hasta el 10 de enero y las de Semana Santa, del 26 de marzo al 5 de abril

Fotografía: Martínezld

Castilla y León | 11 de junio de 2020. Los escolares de segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial, Transición a la Vida Adulta y los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria escolarizados en centros de Educación Primaria comenzarán sus clases el miércoles 9 de septiembre.

Por su parte, el lunes 14 del mismo mes empezarán el curso los alumnos de ESO, Bachillerato ordinario y nocturno, y el segundo curso de los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y los segundos cursos de los Ciclos Formativos de grado medio y superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

Los estudiantes de los ciclos formativos de FP Básica, ciclos formativos de Grado Medio y primer curso de ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional inicial se reincorporarán a las clases el 21 de septiembre. El día 28 empezarán aquellos que estudien Bachillerato o FP de Grado Superior y Grado Medio a distancia, así como las enseñanzas impartidas en centros y aulas de Educación de Personas Adultas y la enseñanza Secundaria para personas adultas a distancia impartida en los institutos de Educación Secundaria.

Fotografía: Enredando Redacción

Por último, el lunes 5 de octubre iniciarán las clases los alumnos de las enseñanzas artísticas superiores y el primer curso de los ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño; y el martes 13 de octubre, empezarán su docencia las enseñanzas de idiomas, las enseñanzas deportivas y las elementales y profesionales de Música y Danza.

El final del curso escolar tendrá lugar el viernes 4 de junio para el alumnado de 2º de Bachillerato ordinario y nocturno, los segundos cursos de los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional inicial y de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, el Bachillerato y los ciclos formativos de Grado Superior en régimen a distancia, ciclos formativos de Grado Superior de las enseñanzas deportivas, el 6º curso de enseñanzas profesionales de Música y Danza. El resto de enseñanzas finalizarán las actividades lectivas el miércoles 23 de junio, excepto las enseñanzas de idiomas que lo harán el 28 de mayo.

 

Vacaciones, festividades y días no lectivos

La Consejería de Educación ha establecido también los periodos vacacionales, festividades laborales y días no lectivos. Así, las vacaciones de Navidad comprenderán del 23 de diciembre al 10 de enero, ambos inclusive, y las de Semana Santa, del 26 de marzo al 5 de abril.

Además de los festivos establecidos en el calendario laboral de la Comunidad, y de los dos días correspondientes a las fiestas de carácter local acordados para cada municipio, tendrán la consideración de días no lectivos el viernes 9 de octubre -Día del Docente- y los días 15 y 16 de febrero -fiestas de Carnaval-.

 

Pruebas extraordinarias o finales correspondientes al curso académico 2019-2020

La propuesta de calendario escolar que ayer ha presentado la Consejería de Educación a las organizaciones sindicales recoge que las pruebas extraordinarias o finales correspondientes al curso académico 2019-2020 se celebrarán a lo largo de mes de septiembre. Así, las relativas a Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato -en todos sus regímenes y modalidades- y ciclos en modalidad presencial de FP se realizarán los días 1, 2 y 3 de septiembre de 2020. Por su parte, las pruebas extraordinarias de los ciclos formativos de grado Medio y Superior de Artes Plásticas y Diseño se realizarán con anterioridad al 4 de septiembre de 2020.

Fotografía: Martínezld

Las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanza Secundaria para personas adultas del segundo cuatrimestre o de todo el curso escolar se realizarán el 1, 2, y 3 de septiembre; y las relativas a enseñanzas de idiomas se realizarán preferentemente a lo largo del mes de septiembre. Y, finalmente, las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas deportivas y elementales y profesionales de Música y Danza, se realizarán con anterioridad al 4 de septiembre de 2020.

Evaluaciones extraordinarias correspondientes al curso académico 2020-2021

En el caso de las pruebas finales de los alumnos de segundo curso de Bachillerato en régimen ordinario y nocturno con materias pendientes de primero y/o segundo curso y la segunda sesión de evaluación final de los segundos cursos de FP inicial, se realizarán entre el 21 y el 25 de junio de 2021. Además, la sesión de evaluación final de los grados superiores de Formación Profesional a distancia se realizará con fecha límite el 28 de mayo de 2021.

Por otro lado, las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanza secundaria para personas adultas del primer cuatrimestre se realizarán del 1 al 7 de junio de 2021 y las relativas a Bachillerato en régimen a distancia, entre el 21 y el 25 de junio. Las evaluaciones extraordinarias para las enseñanzas de segundo curso de Artes Plásticas y Diseño y de enseñanzas deportivas que opte por realizar la evaluación de Bachillerato para el acceso a la universidad en su convocatoria extraordinaria, se realizarán entre el 21 y el 25 de junio. Finalmente, las pruebas extraordinarias de las enseñanzas profesionales de Música y Danza para el alumnado que superando todas o algunas de las asignaturas pudiera obtener el título de Bachiller, se adelantarán entre el 21 y el 25 de junio.

 

Modificaciones en el calendario

No obstante, los centros docentes pueden solicitar cambios en el calendario escolar. Para ello, deben solicitar su modificación a las direcciones provinciales de Educación antes del último día del mes de julio en los casos que afecten a las fechas de inicio de las actividades lectivas y durante la primera quincena del mes de octubre para el resto.  Dicha solicitud deberá ser informada por el Consejo Escolar, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos o por el Consejo Social, en el caso de Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP). Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Los directores de los centros implicados deben indicar en su solicitud los centros con los que comparten los servicios.

La posibilidad de solicitar dichos cambios pretende conjugar un marco común para toda la Comunidad de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar. En todo caso, las modificaciones solicitadas respetarán el número total de días lectivos o duración en su caso, de las diferentes enseñanzas.

Durante cursos anteriores, se han autorizado cambios en el calendario escolar que han afectado tanto al inicio de curso, como a la modificación de días no lectivos y lectivos, con la finalidad de adecuar los calendarios escolares de los centros educativos a festividades tradicionales o la celebración de actos de índole social.

En los últimos años, cabe destacar el adelanto del inicio las actividades lectivas en Soria capital y otras localidades de la misma provincia en diversas enseñanzas con la finalidad de adecuarse a festividades locales. De igual forma, se han solicitado cambios de los días no lectivos de Carnavales por otros, en León y Soria, de días aislados en prácticamente todas las provincias de la Comunidad, para celebrar festividades locales, que han sido autorizados en su totalidad por las direcciones provinciales de Educación siempre que se han cumplido los requisitos para ello, y atendiendo a la mejor organización de las distintas enseñanzas, garantizando en todo caso el comienzo la finalización de las actividades en relación al acceso por medio de las distintas pruebas extraordinarias y el acceso a niveles superiores de enseñanza.

 

Los Ministerios de Sanidad y Educación elaboran un documento que servirá de base a los centros educativos para el curso 2020-2021

El objetivo es plantear una estrategia consensuada por los diferentes agentes implicados para ofrecer un entorno escolar seguro y saludable al alumnado y personal de los centros educativos así como posibilitar la detección precoz de casos. El documento, que será expuesto hoy jueves en Conferencia Sectorial de Educación, busca ofrecer un marco común que pueda ser adaptado en cada comunidad autónoma y ser implementado según la realidad de cada centro. Según datos de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, sólo un 1,37% del total de casos confirmados de COVID-19 corresponde a población entre 0 y 19 años

INSTITUTO IES

Fotografía: E. Toral

León, 11 de junio de 2020.- Los Ministerios de Sanidad y Educación y Formación Profesional han elaborado un documento, que será presentado este jueves en Conferencia Sectorial de Educación a las comunidades autónomas, cuyo objetivo es plantear una estrategia consensuada por los diferentes agentes implicados para ofrecer un entorno seguro y saludable al alumnado y personal de los centros educativos con el fin de retomar la actividad presencial para el curso 2020-2021 que comienza en septiembre. El texto indica asimismo la forma de llevar a cabo la detección precoz de posibles casos de COVID-19 y la gestión adecuada de los mismos.

Los principios básicos que rigen las medidas definidas son la limitación de contactos, las medidas de prevención personal, la gestión de casos y la limpieza y ventilación. Además, se establecen acciones transversales como la reorganización del centro, la coordinación y participación, la comunicación y educación para la salud y la equidad.

Cada centro debe tener, de forma complementaria a este documento base, un Plan de Inicio de Curso y Planes de Contingencia que prevean las actuaciones a realizar y los mecanismos de coordinación necesarios para los posibles escenarios que puedan darse. De esta manera, se propone que haya una persona responsable de referencia para los aspectos relacionados con la COVID-19. También se recomienda la creación de un equipo, formado por distintos representantes de la comunidad educativa, que garantice que todo el mundo esté informado, así como  el cumplimiento de los principios.

Limitación de contactos y medidas de prevención

En la Educación Infantil, hasta el 4.º curso de Educación Primaria incluido, se ha definido que se podrán establecer grupos estables de alumnado, idealmente con  15 alumnos/as (máximo 20), que pueden socializar sin mantener la distancia interpersonal de forma estricta, ya que es un grupo de convivencia estable. Esto posibilitará además el rastreo de contactos rápido y sencillo en el supuesto de que se diera algún caso.

Fotografía: E. Toral

Por su parte, en 5.º y 6.º de Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato los espacios se reorganizarán de forma que se cuente con una separación de al menos 1,5 metros entre las mesas.

Se priorizará asimismo, en la medida de lo posible, la utilización de los espacios al aire libre para la realización de las actividades educativas y de ocio, en lugar de los cerrados.

Apartado importante tienen las medidas de prevención personal, como son la higiene de manos frecuente y meticulosa, evitar tocarse la nariz, ojos y boca o usar pañuelos desechables. Respecto a la mascarilla en Educación Infantil no es obligatoria y en Primaria, de 1.º a 4.º, tampoco será necesario su uso si se está con el grupo estable de convivencia. Si se sale del mismo se deberá llevar puesta cuando no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros.

Para los alumnos que cursen a partir de 5.º de Primaria, el uso de mascarilla será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia interpersonal de 1,5 metros pero no cuando se esté sentado en el pupitre.

El cumplimiento de estas medidas se impulsará con estrategias de educación para la salud así como con cartelería y señalética amigables para la infancia  que faciliten su comprensión.

Limpieza y ventilación

Cada centro deberá disponer de un protocolo de limpieza y desinfección que responda a sus características pero, en cualquier caso, la limpieza deberá hacerse al menos una vez al día, reforzándose en aquellos espacios que lo precisen en función de la intensidad de uso, como por ejemplo en los aseos, donde será de al menos tres veces al día.

Se deben realizar tareas de ventilación frecuente en las instalaciones y durante al menos cinco minutos al inicio de la jornada, al finalizar y entre clases, siempre que sea posible. Cuando las condiciones meteorológicas y el edifico lo permitan se aconseja mantener las ventanas abiertas el mayor tiempo posible.

Gestión de los posibles casos

El documento de medidas de prevención, higiene y promoción de la salud indica que ante una persona que comienza a desarrollar síntomas compatibles con la COVID-19 en el centro educativo se seguirá un protocolo de actuación previsto: se llevará a un espacio separado de uso individual, se le colocará una mascarilla quirúrgica (tanto al que ha iniciado síntomas como a la persona que quede a su cuidado) y se contactará con la familia.

Se debe llamar al centro de salud o al teléfono de referencia de su comunidad o ciudad autónoma, y/o su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en el caso de trabajadores, y se seguirán sus instrucciones. En caso de presentar síntomas  de gravedad o dificultad respiratoria se llamará al 112.

Salud Pública será la encargada de la identificación y seguimiento de los contactos según el protocolo de vigilancia y control vigente en la comunidad autónoma correspondiente.

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