La medida entra en vigor a las 9:00 a.m. (hora peninsular) de hoy 3 de febrero y se extenderá durante 14 días, hasta las 9:00 a.m. (hora peninsular) del día 17 de febrero, pudiéndose prolongar en función de la evolución de la pandemia y de la coordinación de medidas a nivel comunitario. El acuerdo se encuadra en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud de los ciudadanos y controlar la propagación de las nuevas variantes del virus. La realización de vuelos provenientes de Brasil y Sudáfrica solo podrá llevarse a cabo cuando se transporte exclusivamente a ciudadanos españoles y residentes en España. La medida se extiende también a los residentes en Andorra y a sus nacionales y a pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas, sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
![Avión](https://i0.wp.com/www.enredando.info/wp-content/uploads/2019/10/Avión.jpg?resize=450%2C299&ssl=1)
Fotografía: Martínezld
El Consejo de Ministros, en su reunión de ayer, ha aumentado las restricciones de entrada a España por vía aérea desde la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica.
De esta manera, solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas, sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
La medida entrará en vigor a las 9:00 a.m. (hora peninsular) del día 3 de febrero de 2021 y se extenderá durante 14 días, hasta las 9:00 a.m. (hora peninsular) del día 17 de febrero, pudiéndose prolongar en función de la evolución de la pandemia y de la coordinación de medidas a nivel comunitario.
Acción decidida del Gobierno
El acuerdo se encuadra en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y sociosanitarios, y en sintonía con las que han sido recomendadas en el ámbito de la coordinación europea.
![sanidad exterior](https://i0.wp.com/www.enredando.info/wp-content/uploads/2020/06/sanidad-exterior.jpg?resize=310%2C438&ssl=1)
Fotografía: MITMA
Adicionalmente, están en línea con el objetivo establecido por el Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud y por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades de interrumpir la propagación del virus, adoptando medidas firmes para detectar la enfermedad de manera precoz, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo.
Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino final otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y humanitarios, médicos o de emergencia.