Versión clásica

El Ayuntamiento de Ponferrada cumplirá la norma de la Junta y Astorga rectifica su bando sobre la restricción de horario

No corresponde al Ayuntamiento de Ponferrada ni a ninguno de sus órganos (Alcaldía, Junta de Gobierno, etc.) decidir si esa norma va más allá de lo que permite el Decreto del Estado de Alarma

Fotografía: Martínezld

Ponferrada 17 de enero de 2021.- El Ayuntamiento de Ponferrada es consciente de la polémica y el malestar generados por la decisión de la Junta de Castilla y León de ampliar el toque de queda adelantándolo a las 20:00 horas.

Sin embargo, todas las ponferradinas y los ponferradinos deben tener en cuenta que debemos respetar esa decisión, porque se trata de una norma vinculante publicada en el BOCYL (Boletín Oficial de Castilla y León) y que es de obligado cumplimiento.

No corresponde al Ayuntamiento de Ponferrada ni a ninguno de sus órganos (Alcaldía, Junta de Gobierno, etc.) decidir si esa norma va más allá de lo que permite el Decreto del Estado de Alarma promulgado en su día por el Gobierno de España. Eso deberá hacerlo un tribunal de Justicia y, en tanto la Justicia se pronuncie, solo nos queda dar cumplimiento a esa norma con absoluta lealtad institucional.

Del mismo modo, la Policía Municipal de Ponferrada, como ha hecho siempre desde el inicio de la pandemia, antes de proceder a sancionar a quienes incumplan, llevará a cabo una labor pedagógica de explicación de la nueva situación.

Por tales motivos, el Ayuntamiento de Ponferrada pide a todas las ponferradinas y ponferradinos la máxima comprensión, respeto y acatamiento de las normas en una situación de enorme dificultad para todos.

Astorga, dónde dije digo, digo Diego

Este es el segundo bando publicado en su página de facebook  y en dónde el Ayuntamiento de Astorga rectifica el publicado anteriormente a las 13,00 hras.

Fotografía: Martínezld

Juan José Alonso Perandones, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Astorga HAGO SABER:

En el transcurso del día de hoy (por ayer 16 de enero) esta alcaldía ha recibido comunicaciones orales, contradictorias, respecto a la controversia jurídica entre el Gobierno y Comunidad Autónoma, respecto a la competencia de esta última administración para fijar un horario propio, en aras a la prohibición de circulación de las personas entre las 20 y las 22 horas.
Por ello, quedan sin efecto los párrafos tercero y cuarto del Bando precedente, y todo lo relativo a dicha interpretación. El texto, finalmente, es el que reza a continuación: “Dada la agudización de la pandemia que padecemos, por parte de la Comunidad de Castilla y León, han sido publicados, en el día de hoy, tres Acuerdos, 2,3, 4, de 2021, de 2021, en los que se determinan una serie de obligaciones que nos atañen como vecinos de este Municipio.
Esta alcaldía solicita a la ciudadanía asuma lo dispuesto por la Comunidad Autónoma, en todos sus términos, dadas las acuciantes necesidades sanitarias que ha de satisfacer por el agravamiento progresivo de la pandemia. En el Acuerdo 1, “se fija en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León como hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno hasta las 20:00 horas” y “como hora de finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno las 06,00 horas”.
En cuanto a los restantes Acuerdos, 3 y 4 de 2021, son de obligado cumplimiento. Determina el primero que “las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que, respetándose las medidas generales de prevención, no se supere un tercio de su aforo, con un máximo de 25 personas”. Y el 4 limita a los ciudadanos de nuestra provincia el salir o entrar en ella, salvo causa justificada; asimismo, clarifica que “la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes”.
La intensificación de la pandemia conlleva por este Ayuntamiento el tomar una serie de nuevas restricciones, o medidas, en su ámbito competencial, en concreto el cierre de los dos museos municipales, y la fijación del horario de cierre de la biblioteca, pabellón, piscina y ludoteca, municipales, a las 19:30 horas. La iluminación decorativa, excepcional, de la Plaza y su entorno se apagará a las 20:00 horas.
Así queda dispuesto por esta alcaldía, en beneficio del común, para su obligado cumplimiento, a las 17:30 horas, el 16 de enero de 2021″.

El primer bando publicado a las 13,00 horas en las redes sociales

Juan José Alonso Perandones, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Astorga HAGO SABER:
Dada la agudización de la pandemia que padecemos, por parte de la Comunidad de Castilla y León, han sido publicados, en el día de hoy, tres Acuerdos, 2, 3, y 4, de 2021, en los que se determinan una serie de obligaciones que nos atañen, como vecinos de este Municipio.
En cuanto al primero, estipula “que se determinan las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno” desde las ocho de la tarde hasta las seis de la mañana del día siguiente, salvo causas justificadas, que han sido precisadas en este Acuerdo y otros anteriores.
El Gobierno ha manifestado que la Comunidad carece de competencia, según las atribuciones delegadas, para limitar la circulación de las personas entre las 20 y las 22 horas, es decir, de ocho a diez de la noche. Por tanto, el horario en que queda permitida la circulación por los viales públicos, para los ciudadanos que residen en Astorga, Valdeviejas, Murias de Rechivaldo, Castrillo de los Polvazares y Santa Catalina de Somoza, sigue siendo de seis de la mañana a diez de la noche.
Queda de manifiesto, pues, que en tanto se clarifique la controversia jurídica entre las dos Administraciones del Estado, este Ayuntamiento se atiene a lo dispuesto por el Gobierno de la nación y, por tanto, la Policía Local, a las órdenes de esta alcaldía, no multará a ningún ciudadano por transitar por las vías públicas entre las ocho y diez de la noche. Previa consulta a la Subdelegación del Gobierno, me ha sido manifestado que tal criterio seguirán las Fuerzas de Seguridad del Estado, Policía Nacional y Guardia Civil, en la Provincia.
Pese a lo anteriormente determinado, esta alcaldía solicita a la ciudadanía que, de forma voluntaria, asuma lo dispuesto por la Comunidad Autónoma, en todos sus términos, dadas las acuciantes necesidades sanitarias que ha de satisfacer por el agravamiento progresivo de la pandemia.
En cuanto a los restantes Acuerdos, 3 y 4 de 2021, son de obligado cumplimiento. Determina el primero que “las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que, respetándose las medidas generales de prevención, no se supere un tercio de su aforo, con un máximo de 25 personas”. Y el 4 limita a los ciudadanos de nuestra provincia el salir o entrar en ella, salvo causa justificada; asimismo, clarifica que “la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes”.
La intensificación de la pandemia conlleva por este Ayuntamiento el tomar una serie de nuevas restricciones, o medidas, en su ámbito competencial, en concreto el cierre de los dos museos municipales, y la fijación del horario de cierre de la biblioteca, pabellón, piscina y ludoteca, municipales, a las 19:30 horas. La iluminación decorativa, excepcional, de la Plaza y su entorno se apagará a las 20:00 horas.
Así queda dispuesto por esta alcaldía, en beneficio del común, para su obligado cumplimiento, el 16 de enero de 2021.

Y con este tuit de la Junta ya nadie entiende nada

tuit sobre el toque de queda
Este es el Decreto del estado de alarma: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-12898

Fecha de inicio: 17-01-2021

Fecha fín: 17-01-2021

Lugar: Publicada: 07,00 horas
Actualizada: 11,30 horas

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