El programa » Prepara» es un mecanismo de protección . El programa está justificado por la situación del mercado de trabajo español y está formado por una serie de acciones de inserción laboral gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas o por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en Ceuta y Melilla, y una ayuda económica de carácter mensual, con naturaleza de subvención, que abona el Servicio Público de Empleo Estatal.
La duración del PREPARA es, como máximo, de seis meses, y ninguna persona puede ser beneficiaria dos veces de este programa. Además debes comprometerte a realizar todas las actividades previstas del itinerario personalizado de inserción, teniendo presente que no realizar estas actividades supondrá un descuento de la ayuda económica proporcional a los días que no ha realizado la actividad.
A quién va dirigido
A aquellas personas que han agotado la prestación o subsidio por desempleo, y que sean desempleados de larga duración o tengan responsabilidades familiares, siempre que demuestren que buscan activamente empleo y participen en todas las acciones y medidas de políticas activas de empleo que les sean ofrecidas por los Servicios Públicos de Empleo.
Se consideran desempleados de larga duración aquellas personas que llevan inscritas como demandantes de empleo, al menos, doce de los últimos dieciocho meses. Se considera que una persona tiene responsabilidades familiares cuando tiene a su cargo cónyuge, hijos menores de 26 años o mayores incapacitados, o menores acogidos, y los ingresos individuales de cada uno de ellos no son superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluidas las dos pagas extraordinarias. En 2016, el SMI es de 655,20 euros al mes.
Requisitos
- Los requisitos de acceso al PREPARA son:
- Estar desempleado por extinción de su relación laboral.
- Estar inscrito como demandante de empleo. 9 Cumplir uno de los dos requisitos siguientes: y Ser desempleado de larga duración. y Tener responsabilidades familiares.
- No tener ingresos propios superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2016, no tener ingresos superiores a 491,40 euros al mes.
- No tener ingresos familiares superiores al 75% del SMI. Para ello se tendrá en cuenta que la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar (el solicitante, su cónyuge, sus padres, y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen, no sea superior a 491,40 euros al mes.
- Haber sido beneficiario de una prestación o un subsidio por desempleo.
- No haber sido beneficiario del programa PRODI o del programa PREPARA con anterioridad.
- No reunir en el plazo de solicitud de la ayuda el requisito para acceder a la percepción de una prestación, subsidio o renta activa de inserción.
Fuente y más info: http://www.sepe.es