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Abierto el plazo para solicitar ayudas para el alumnado que curse bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas (Curso 2013/2014)

La Junta de Castilla y León ha convocado ayudas, en régimen de concesión directa, para el alumnado que curse enseñanzas de bachillerato, formación profesional o enseñanzas artísticas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, o enseñanzas artísticas en determinadas escuelas de la Comunidad de Castilla y León.

Los alumnos podrán percibir de forma acumulativa las siguientes ayudas:

  • Ayuda fija ligada a la residencia del solicitante (consultar requisitos específicos)
  • Ayuda variable (en función de la renta familiar)

¿Quién lo puede solicitar?:

  • A) Alumnos que cursen durante el curso 2013/2014 las siguientes enseñanzas en centros públicos de la Comunidad de Castilla y León:
  • Bachillerato
  • Formación profesional, incluyendo programas de cualificación profesional inicial, ciclos formativos de grado medio y ciclos formativos de grado superior
  • Enseñanzas artísticas, elementales, profesionales o superiores
  • B) Alumnos que cursen durante el curso 2013/2014 los estudios que a continuación se detallan en los siguientes centros de la Comunidad de Castilla y León:
  • Enseñanzas de arte dramático, en la Escuela Superior de Arte Dramático de Castilla y León
  • Enseñanzas elementales o profesionales de danza, en la Escuela Profesional de Danza de Castilla y León
  • Estudios superiores del vidrio en la Escuela Superior del Vidrio de la Real Fábrica de Cristales de La Granja

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Encontrarse matriculado en régimen presencial y matrícula completa en alguno de los centros y las enseñanzas indicadas.
b) Tener fijada la residencia familiar y el domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León.
c) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la expedición de un título del mismo o superior nivel al correspondiente a las enseñanzas para las que solicita la ayuda.
d) No encontrarse repitiendo curso del mismo nivel para el que se solicita la ayuda.
e) Cumplir los requisitos económicos y académicos.
f) Haber solicitado, beca o ayuda para los mismos estudios y curso académico, con cargo al programa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Junto a los requisitos generales el alumnado deberá cumplir con los requisitos que se recogen a continuación:

Cuantía:

Conforme a los siguientes criterios:

Descarga del documento tipo PDF Cuantía de las ayudas. Abre una nueva ventana  Cuantía de las ayudas (69 kbytes)

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud en modelo normalizado, una por cada alumno, formalizadas por el mismo si es mayor de edad o, en otro caso, por su padre, madre o representante legal, irán dirigidas al Director Provincial de Educación de la provincia donde se encuentre ubicado el correspondiente centro docente.
La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante, padre, madre o representante legal del alumno, relativa a diferentes extremos. Junto a la misma se aportará la siguiente DOCUMENTACIÓN justificativa según corresponda:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar (según proceda). Abre una nueva ventana  Documentación a presentar (según proceda) (75 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 1 de febrero de 2014 hasta el 20 de febrero de 2014

Más Detalles:

Únicamente podrán presentarse solicitudes de ayuda después de esta fecha si simultáneamente se presenta solicitud de beca o ayuda al estudio al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en las circunstancias previstas por éste en sus convocatorias.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo responsable:

Gestor que resuelve:

Dirección Provincial de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar las resoluciones será de 6 MESES a contar desde la fecha de la resolución de las convocatorias estatales afectadas. Transcurrido dicho plazo sin que hayan sido publicadas las resoluciones, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

Notificaciones:

Las resoluciones que contendrán la relación de las ayudas concedidas y denegadas, indicando en este último caso la causa de la denegación, serán publicadas en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación, en un plazo de 15 días, y serán objeto de publicidad a través del Portal de Educación (www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.

INCOMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS

De forma general, las ayudas reguladas en esta orden serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas otorgadas para el mismo fin por esta u otra administración pública, o por cualquier entidad pública o privada. En particular las ayudas serán incompatibles con las que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte conceda al alumno para idéntica enseñanza y curso académico.

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