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Incendio en Madeira: los afectados por cancelaciones de vuelos tienen derecho a comida y alojamiento en hotel

Más de medio centenar de vuelos con origen o destino a esta isla portuguesa han tenido que ser cancelados por los fuertes vientos de las últimas horas.

AEROPUERTO DE MADEIRA

Fotografía; Aeropuerto de Madeira

FACUA-Consumidores en Acción informa a los pasajeros que puedan verse afectados por retrasos o cancelaciones de sus vuelos de regreso a cualquier estado miembro de la Unión Europea debido al incendio forestal que afecta a la isla portuguesa de Madeira de que tienen derecho a comida y alojamiento en hotel.

La asociación está recibiendo consultas de afectados a través de las redes sociales, su web FACUA.org y su teléfono 688 954 954.

Los fuertes vientos registrados en las últimas horas han avivado el incendio que lleva activo desde el pasado miércoles, obligando a cancelar más de medio centenar de vuelos que tenían como punto de partida o llegada el Aeropuerto Internacional Cristiano Ronaldo. Entre los afectados hay cientos de españoles que se han visto obligados a retrasar su vuelta y aún siguen a la espera de poder subir a un avión.

Derechos de los viajeros

La asociación informa a los usuarios que puedan verse afectados por la cancelación de su vuelo que, según establece el artículo 8 del Reglamento Europeo 261/2004, se deberá ofrecer al pasajero la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables lo más rápidamente posible o en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles, salvo que prefiera buscar transporte alternativo por su cuenta, caso en el que la aerolínea tendrá que reembolsarle el billete en el plazo máximo de siete días. Además, debe ofrecerle comida y bebida durante la espera y, si fuese necesario, alojamiento en hotel y el transporte hasta el mismo.

Las aerolíneas están obligadas a informar a los pasajeros acerca de los derechos que les asisten en caso de una problemática de este tipo. Así lo recoge el artículo 14 del Reglamento Europeo 261/2004, al señalar que “el transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo que deniegue el embarque o cancele un vuelo deberá proporcionar a cada uno de los pasajeros afectados un impreso en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia con arreglo al presente Reglamento“. También deberá garantizar que dicha información aparezca en el mostrador de facturación.

Los afectados pueden acudir a FACUA para que valore su caso concreto, realice las correspondientes actuaciones en defensa de sus derechos y para reclamar las cantidades que sean oportunas.

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