Pagar en metálico en medio de transporte, un derecho. Se ha generalizado el uso de la tarjeta o de otros medios de pago, pero el efectivo sigue siendo un medio usado y reconocido. Si hace unos meses denunciamos que en algunas aerolíneas no se permitía el pago a bordo en efectivo, ahora es OUIGO, la línea de trenes la que pone problemas.
El pago en metálico es un derecho de los consumidores: Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (LGDCU) considera una infracción en materia de consumo la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago.
Sin embargo hay compañías que ponen obstáculos, amparándose en razones diversas: ya pasó con varias líneas aéreas (Iberia, Iberia Express, Air Europa, Iberojet, Plus Ultra, Volotea, Wamos Air y World2fly), como ya denunciaron desde OCU, y ahora tambien sucede en los trenes de OUIGO.
Desde OCU, denuncian este hecho ante Consumo para que investiguen esta infracción y, en su caso, se imponga la sanción correspondiente. Las sanciones por negarse a aceptar el efectivo como medio de pago, no respetando así la LGDCU, pueden oscilar entre 150 y 100.000 euros, si la autoridad competente la infracción como grave.
No hay razones para impedirlo
En la situación actual, con la nueva normativa vigente (se modificó en 2022), y sin razones sanitarias que justifiquen la limitación de uso del efectivo, no permitir el uso del dinero en lo pagos a bordo suponen además de una mala práctica comercial, una vulneración de los derechos de los consumidores, que no tienen más remedio que aceptar esa condición si quiere adquirir o consumir algún producto en el tren. Simplemente, no pueden impedírtelo, y por eso denunciamos.