El objetivo es compatibilizar el interés de los ciudadanos y sus necesidades de movilidad con el derecho de huelga de los trabajadores. La resolución de los servicios mínimos también se ha publicado en la página web del Ministerio.
Madrid 13-08-2022. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha comunicado a Easyjet, Aena, Enaire y al sindicato convocante Sepla, los servicios mínimos correspondientes a la convocatoria de huelga de Tripulantes Técnicos de vuelo (TTV) de Easyjet para los próximos 12,13, 14, 19, 20, 21, 27, 28 y 29 del mes de agosto de 2022.
Estos servicios esenciales tienen como objetivo compatibilizar el interés general de los ciudadanos y en particular sus necesidades de movilidad, con el derecho de huelga de este colectivo de trabajadores.
La resolución de los servicios mínimos establecidos también se ha publicado en la página web de Mitma.
Considerando que de acuerdo a la programación de vuelos facilitada por Easyjet, la totalidad de los servicios programados para los días de huelga son vuelos internacionales (no hay vuelos entre aeropuertos nacionales, ni con territorios no peninsulares españoles), los servicios mínimos decretados son los que resulten de aplicar los siguientes porcentajes de protección a los servicios aéreos de transporte público operados por la compañía aérea Easyjet con origen o destino en los aeropuertos de Málaga, Barcelona, Palma de Mallorca y Menorca: Para el aeropuerto de Barcelona y Menorca: 61%. Para el aeropuerto de Málaga: 60%. Y para el aeropuerto de Palma de Mallorca: 57%.
Adicionalmente se protegen aquellas operaciones técnicas de posicionamiento y otras tales como la situación de tripulaciones necesarias para la realización efectiva de los servicios de transporte aéreo considerados como esenciales, los operados en los periodos entre jornadas de huelga y los posteriores a la finalización de esta, y también aquellos vuelos cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca en el periodo de huelga.
Se considerarán trabajadores legalmente convocados a la huelga aquellos trabajadores que tienen asignada como base permanente alguno de los centros de trabajo en los que se convoca la huelga, independientemente del lugar en el que pernocten los días de la convocatoria de la huelga.
Respecto al listado de vuelos concretos afectados por estos servicios mínimos, corresponde a la compañía aérea Easyjet establecer los vuelos sometidos a los porcentajes de la resolución de servicios mínimos que se han descrito anteriormente, para lo que deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar que se presten, salvaguardando en todo momento la seguridad del conjunto de las operaciones.