La Ley de Haciendas Locales atribuye a los ayuntamientos la capacidad de regular la forma de pago de los precios públicos. El PP de Valencia de Don Juan miente y traslada a los ciudadanos un falso riesgo de sanciones por el cese del pago en efectivo en el polideportivo municipal
“El trasiego de efectivo en bolsas de supermercado que se hacía en el pasado, que conllevó que algún taquillero llegara a tener que subir 50.000 euros en una mochila para su casa, se ha ido para no volver”, remarcan desde el equipo de gobierno
El pasado viernes diversos medios de comunicación publicaron una nota de prensa en la que el portavoz del Partido Popular de Valencia de Don Juan, José Jiménez, acusaba al equipo de gobierno encabezado por Juan Pablo Regadera de infringir la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios al no admitir el pago en efectivo en el acceso al complejo acuático y polideportivo de Valencia de Don Juan, alarmando además a la ciudadanía ante unas hipotéticas y posibles sanciones de entre 150 y 10.000 euros que “supondrían un duro y evitable golpe a las arcas municipales”.
Nada más lejos de la realidad. Es el artículo 198.1 del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales el que permite a los ayuntamientos dictar las reglas para la recaudación de sus recursos. Y evidentemente esto incluye las entradas al polideportivo municipal, en tanto que se trata de un servicio municipal que tiene fijado por ordenanza su precio público, no la compra de una lata de tomate triturado o una barra de pan, a los que sí afectaría la Ley esgrimida por los populares.
El alcalde coyantino Juan Pablo Regadera muestra su profundo malestar sobre el asunto: “No sé qué es más grave, si un absoluto desconocimiento por parte del portavoz de la oposición de la normativa que regula las haciendas locales o que de forma malintencionada y torticera utilice la Ley General para la Defensa de los Consumidores pretendiendo confundir y generar alarma en la ciudadanía con la intención de reabrir la caja de dinero en metálico en las taquillas del complejo acuático y polideportivo”. Recuerda además con sorpresa Regadera que “fue mi antecesor en el cargo el que, en abril de 2011, buscando cumplir con los objetivos de ‘inmediatez, transparencia y seguridad en los ingresos que el contribuyente ha de efectuar en la Caja Corporación del Ayuntamiento’ prohibió que toda operación superior a 18 euros se pudiese realizar en efectivo”.
En ese mismo sentido, el año pasado el actual equipo de gobierno, por transparencia plena y por garantizar la seguridad en los ingresos del contribuyente, eliminó el cobro en efectivo en el complejo acuático, criterio apuntalado por la doctrina y la tendencia actual de una mayoría de las entidades públicas de eliminar las cajas en efectivo en la medida de lo posible, dados los problemas que plantea el manejo de dinero público en efectivo metálico. “El trasiego de efectivo en bolsas de supermercado que se hacía en el pasado, que conllevó que algún taquillero llegara a tener que subir 50.000 euros en una mochila para su casa, se ha ido para no volver”, concluye el regidor coyantino.