El Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2014 ha acordado aprobar los precios públicos de visita a los museos de titularidad estatal gestionados por la Junta de Castilla y León, que son los nueve museos provinciales, así como sus anexos y filiales. Esto supone la reducción del precio de entrada a los museos provinciales a la cantidad simbólica de un euro, una medida con la que la Junta de Castilla y León pretende facilitar lo más posible el acceso de los ciudadanos a la cultura.
El Consejo de Gobierno ha acordado la aprobación de la reducción de estos precios para la visita a los museos provinciales a un euro en virtud de la necesidad de actualizar la normativa estableciendo cambios y avances legislativos, tal y como se recoge en la recientemente aprobada Ley de Centros Museísticos. Asimismo se estable la unificación de reducciones y exenciones en las entradas con el fin de facilitar la gestión en los centros y el conocimiento del precio por parte de los ciudadanos.
El precio general de la entrada para todos los visitantes a los museos provinciales será de un euro para la visita a la exposición permanente de museo. Para las exposiciones temporales que se determinen y que se celebren en los mismos, en las filiales y anexos a los citados centros, la entrada será de 0’60 euros.
La entrada a estos museos será gratuita para los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea incluidos en cualquiera de los apartados siguientes: menores de edad; personas afectadas por un grado de minusvalía de al menos el 33 %, así como para las personas que los acompañen, siempre y cuando estas sean imprescindibles para que aquellas puedan realizar su visita; miembros de familias numerosas de cualquier categoría, según la definición que de las mismas realiza el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas; personas en situación de desempleo; donantes de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla y León o al Estado Español, a favor de museos dependientes de la Comunidad de Castilla y León; miembros de las fundaciones o asociaciones de amigos de alguno de los museos a los que se refiere este acuerdo; personal docente en el ejercicio de su actividad en Castilla y León, según lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; guías de turismo en el ejercicio de su activad en Castilla y León, en régimen de establecimiento o de libre prestación de servicios; personas o grupos de personas acreditadas en el marco de campañas de fomento del turismo o promoción del patrimonio cultural de Castilla y León llevadas a cabo por la consejería competente en materia de Cultura y Turismo; titulares de carné joven o del documento equivalente internacional; mayores de sesenta y cinco años; jubilados y, en el caso de pensionistas por incapacidad permanente, también será gratuita la entrada para las personas que los acompañen, siempre y cuando estas sean imprescindibles para que aquellas puedan realizar su visita; estudiantes universitarios; voluntarios, de acuerdo con la definición que realiza el artículo 11 de la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del Voluntariado en Castilla y León; miembros del Consejo Internacional de Museos (ICOM); titulares del carné de la Federación Española de Amigos de los Museos; titulares de la Tarjeta de Amigos del Patrimonio, de la Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León, y, finalmente, titulares de la Tarjeta del Club de los 60.
La entrada será gratuita también para todos los visitantes de la Iglesia de Santo Tomé el Viejo, en Ávila; la Villa romana de Navatejera, en Villaquilambre, en León; el Yacimiento-Museo de Ambrona y la Ermita de San Baudelio de Berlanga, en Soria, y la Iglesia de Santa Lucía, en Zamora
Los centros a los que se refiere este acuerdo podrán ser visitados gratuitamente los sábados; los domingos; los festivos de carácter nacional o autonómico, así como los días 23 de abril, Fiesta de la Comunidad de Castilla y León; 18 de mayo, Día Internacional de los Museos; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española, y 9 de mayo, Día de Europa. El horario será desde la hora de apertura hasta la hora de cierre, siempre que se encuentren abiertos al público, según lo dispuesto en la regulación correspondiente en materia de horarios de apertura.
Quedan excluidas de la aplicación de este acuerdo el servicio de visitas u otros servicios accesorios o complementarios que sean prestados por otra entidad mediante el oportuno contrato de prestación de servicios o en los supuestos de incorporación de la visita a rutas culturales o turísticas mediante el correspondiente convenio de colaboración.
Texto: comunicación jcyl